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Anuncian beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017.

 

Aquéllas personas físicas cuya casa habitación resultó afectada con el sismo y la tengan que vender como terreno derivado de los daños sufridos, contarán con exención al Impuesto Sobre la Renta Por Enajenación.

Fotografía de Reporte Indigo

Fotografía de Reporte Indigo

MARTES, 3 DE OCTUBRE DE 2017
POR JUAN C. TRUEBA

El día de ayer, 2 de octubre de 2017, el Presidente Enrique Peña Nieto publicó en el Diario Oficial de la Federación el "DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017".

Dicho Decreto tiene la finalidad de apoyar fiscalmente a las víctimas del sismo en los Estados de Guerrero, México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala, así como en la Ciudad de México.

Dicho instrumento menciona: "para apoyar a las personas físicas que sufrieron la pérdida total de su casa habitación por causa del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, resulta conveniente eximirlas del pago del impuesto sobre la renta por los ingresos derivados de la enajenación de terrenos en donde dichas casas habitación se encontraban ubicadas".

Ahora, para hacer válida dicha exención, se requiere contar con un documento oficial emitido por autoridad competente que sustente la pérdida total de la construcción.

También, es importante mencionar que la exención está topada hasta un monto de setecientas mil unidades de inversión, lo cual es equivalente a cuatro millones de pesos aproximadamente y a que la transmisión se formalice ante notario público.